Adhesión al Programa Ciudad 21

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ORDEN de 14 de febrero de 2008, por la que se resuelve el procedimiento de adhesión de municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21, en la provincia de Sevilla.

P R E Á M B U L O
El Programa de Sostenibilidad Ciudad 21 es un instrumento de apoyo y gestión de la Administración de la Junta de Andalucía para diseñar y planificar estrategias y directrices sobre medio ambiente urbano, cooperar con las Administraciones Locales e impulsar nuevos modelos de participación ciudadana con el fin de mejorar la calidad de vida en las ciudades andaluzas.
En una primera etapa, este Programa ha consolidado en Andalucía una red de municipios comprometidos con la sostenibilidad, que a través de la dinamización de la Consejería de Medio Ambiente se apoyan y cooperan activamente en el diseño, formulación y desarrollo de la Agenda 21 de cada uno de ellos.
Las Agendas 21 locales, además de convertirse en el referente de buenas prácticas medio ambientales a escala local, constituyen la base para participar en los programas y proyectos que promueve la Administración de la Junta de Andalucía para contribuir a la incorporación de los criterios de sostenibilidad en la gestión local.
Con la finalidad de establecer los requisitos, principios de prelación y procedimiento administrativo para la admisión en el programa, se dictó la Orden de 24 de octubre de 2007, por la que se reguló el procedimiento para la adhesión de los municipios andaluces al Programa, que establece que los municipios sobre los que hubiese recaído resolución favorable en función del cumplimiento de los requisitos exigidos, formalizarán la adhesión mediante la firma de un protocolo con la Consejería de Medio Ambiente.
Finalizado el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, y a propuesta del Secretario General de Políticas Ambientales,

R E S U E L V O
Primero. Admitir las solicitudes de adhesión al Programa Ciudad 21 de los siguientes municipios correspondientes a la provincia de Sevilla: Alcalá del Río, Aznalcóllar, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Carmona, Casariche, Constantina, El Coronil, Espartinas, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gelves, Gerena, Guillena, Herrera, Isla Mayor, La Algaba, La Campana, Lora del Río, Mairena del Alcor, Montellano, Olivares, Palomares del Río, Paradas, Pedrera, Pilas, Sanlúcar la Mayor, Santiponce, Umbrete y Valencina de la Concepción.
Segundo. Los municipios que han sido admitidos para la adhesión al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21, deberán formalizar la misma mediante la firma de un protocolo, de acuerdo con el artículo número 8 de la Orden de 24 de octubre de 2007.

Sevilla, 14 de febrero de 2008

FUENSANTA COVES BOTELLA
Consejera de Medio Ambiente

BOJA Número 59 de 26 de marzo de 2008. ORDEN de 14 de febrero de 2008, por la que se resuelve el procedimiento de adhesión de municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21, en la provincia de Sevilla [ ver ]

BOJA Número 224 de 14 de noviembre de 2007. ORDEN de 24 de octubre de 2007, por la que se regula la adhesión de municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 [ ver ]

Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 [ ver ]

Publicado por Andrés Trevilla el jueves, marzo 27, 2008  

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