Gines mantiene la variante por Valencina en la aprobación provisional del PGOU

Por el momento, el Plan General no ha sido elevado a aprobación definitiva
30/11/2011

El vecino municipio de Gines está inmerso en la renovación de su planeamiento general. Fue en enero de este año [+] cuando publicó la versión del documento en aprobación provisional.

Examinando la memoria de información, se pueden observar los condicionantes que se plantean para los municipios limítrofes. Y es que el planeamiento ginense se apoya en el plan de Espartinas y en el anterior intento del PGOU de Valencina de la Concepción para justificar el "cinturón circulatorio" de su núcleo urbano, lo que aliviaría la congestión de la actual A-8062 (antes denominada SE-617).

Concretamente, afirma que el Plan General de Valencina de la Concepción "propone un vial de primer orden en sentido paralelo al límite de los términos". A este nuevo viario deberían "enlazar tanto el nuevo vial límite entre Espartinas y Gines, la SE-617" como la propuesta de "futura trama urbana del suelo urbanizable que propone el Plan, y el vial limítrofe entre los municipios de Gines y Castilleja de la Cuesta".

Tanto es así, que el trazado de la variante norte condiciona igualmente el desarrollo de los suelos vacantes del término municipal. La zona de la Estacada del Barbero-Tabladilla, dividida en SUNS-A1 y SUNSA2 (de uso terciario-industrial y residencial repectivamente), sólo podrán ponerse en carga mediante su sectorización cuando "se resuelvan las cuestiones de tráfico y accesibilidad" con el citado viario colindante.

Por otro lado, en la aprobación provisional del PGOU no se hace mención al paso del tranvía por el núcleo urbano, por lo que se desconoce si finalmente el trazado por el término municipal de Gines ha sido descartado definitivamente o se trata de un error de omisión, que contrasta con el propio plan metropolitano, que recoge sin ambages esta infraestructura.

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 30, 2011 0 comentarios  

Los parados de Valencina pierden una subvención estatal de casi 300.000 euros

El Ayuntamiento adjudicó tres meses fuera de plazo las obras de la pista deportiva cubierta, por lo que se les ha privado de la ayuda
25/11/2011. ABC

El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública ha desestimado, finalmente, las alegaciones promovidas por el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), gobernado por Antonio Manuel Suárez (PSOE), contra la resolución previa que zanjaba ya la retirada de la subvención de 281.982,6 euros autorizada con destino al proyecto bautizado 'Ampliación, adecuación y mejora de pista deportiva cubierta'.

Esta ayuda, inicialmente autorizada con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, ha sido finalmente retirada por "incumplimiento" de las condiciones recogidas en el real decreto Ley que regula este programa de subvenciones. Mediante una resolución fechada el 12 de septiembre del año en curso, la directora general de Cooperación Local del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, María Llanos Castellanos, decide "desestimar" las alegaciones impulsadas por el Ayuntamiento contra un documento previo, de fecha 19 de abril de 2011, debido a que la adjudicación de la obra motivo de la subvención no fue acordada hasta el 7 de marzo de 2011, cuando los preceptos del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local determinan que "la fecha límite de ejecución de las obras es el 31 de diciembre de 2010". "Resulta materialmente imposible el cumplimiento de los plazos señalados", zanja el Ministerio.

Publicado por Andrés Trevilla el domingo, noviembre 27, 2011 1 comentarios  

Ruptura de la sostenibilidad en la Comarca del Aljarafe. La dialéctica olivar-urbanización



Scripta Nova
[Nueva serie de Geo Crítica. Cuadernos Críticos de Geografía Humana]
Universidad de Barcelona. ISSN: 1138-9788. Depósito Legal: B. 21.741-98
Vol. XV, núm. 366, 20 de junio de 2011

M. David García Brenes
Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica (ETSIA) – Universidad de Sevilla
mdgarcia@us.es

Rafael Fernández Cañero
Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica (ETSIA) – Universidad de Sevilla
rafafc@us.es

Recibido: 9 de agosto de 2010.
Devuelto para revisión: 21 de septiembre de 2010.
Aceptado: 17 de marzo de 2011.
Ruptura de la sostenibilidad en la Comarca del Aljarafe (Sevilla). La dialéctica olivar-urbanización

Resumen: En las últimas décadas se ha producido un intenso e insostenible crecimiento urbanístico en muchos medios rurales, entre ellos en la Comarca del Aljarafe (Sevilla). En este trabajo se intenta demostrar que tal intensidad ha ido convirtiendo al Aljarafe en un ejemplo modélico de territorialidad insostenible. Como indicadores de tal insostenibilidad, se presentan datos relativos a la huella ecológica aljarafeña y como factores de todo ello se estudian los cambios de usos del suelo, destacando entre los mismos el aumento de lo urbano a costa del descenso de la superficie del olivar, así como las transformaciones que han ido sufriendo las tradicionales haciendas olivareras.

Palabras clave: sostenibilidad, urbanismo, paisaje, olivar, Aljarafe.

[Artículo completo]

Publicado por Andrés Trevilla el sábado, noviembre 26, 2011 0 comentarios  

Huelga en Linesur de 28 de noviembre al 2 de diciembre

Los trabajadores de la empresa de transportes Linesur estarán de huelga durante la semana que viene, afectando a los días laborables. Por este motivo, estarán restringidos los servicios de autobuses del 28 de noviembre al 2 de diciembre.

Publicado por Andrés Trevilla el jueves, noviembre 24, 2011 0 comentarios  

Aprobación provisional de las Ordenanzas fiscal y reguladora de la Apertura de Establecimientos


BOP del día 21-11-2011 / Nº 269 (pág.44) [pdf]

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de octubre de 2011, se acordó aprobar provisionalmente la Ordenanza reguladora de la Apertura de Establecimientos para el ejercicio de actividades económicas.

Lo que se hace público mediante edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por espacio de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el tiempo de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

En Valencina de la Concepción a 7 de noviembre de 2011.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

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Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa,

Hace saber: Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el 17 de octubre de 2011, se acordó aprobar provisionalmente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la realización de actividades administrativas para la apertura de establecimientos.

Lo que se hace público mediante edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por espacio de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el tiempo de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

En Valencina de la Concepción a 7 de noviembre de 2011.—El Alcalde-Presidente, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 23, 2011 0 comentarios  

Aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la limpieza, seguridad, salubridad y ornato público


BOP del día 21-11-2011 / Nº 269 (pág.44) [pdf]

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de octubre de 2011, se acordó aprobar provisionalmente la Ordenanza fiscal reguladora de la limpieza, seguridad, salubridad y ornato público de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles.

Lo que se hace público mediante edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por espacio de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el tiempo de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

En Valencina de la Concepción a 7 de noviembre de 2011.—El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánche

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 23, 2011 0 comentarios  

Chamizo avisa al alcalde de Valencina de su posible papel "entorpecedor" en el caso del museo del calcolítico

19/11/2011. Europa Press

El nonato centro de interpretación del calcolítico o ´centro de interpretación del territorio prehistórico de Valencina de la Concepción´ es un proyecto ideado por el Ayuntamiento de este municipio aljarafeño y la Junta de Andalucía.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por José Chamizo, ha recordado al Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), y más concretamente a su alcalde, Antonio Manuel Suárez (PSOE), su "deber legal" de dar cuenta a dicha institución de los aspectos relativos a la tramitación del proyecto nacido en el anterior mandato, para crear un centro de interpretación del calcolítico asociado a los dólmenes y yacimientos de la Edad del Cobre que pueblan este municipio. Tras tres peticiones de información insatisfechas, la institución de Chamizo advierte al Consistorio de que podría incurrir en una posición "entorpecedora".

Los días 16 de junio de 2011, 18 de agosto y 20 de septiembre del año en curso, y merced a un expediente incoado al respecto por la citada institución, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz había solicitado informes al Ayuntamiento en cuanto al estadio administrativo de este proyecto, todo ello a cuenta de la queja promovida sobre el asunto por el colectivo conservacionista de Valencina de la Concepción.

LLAMADA DE ATENCIÓN DE CHAMIZO

En un nuevo escrito, fechado el 2 de noviembre y recogido por Europa Press, el departamento de Chamizo señala que ha cursado una nueva petición de información al alcalde, Antonio Manuel Suárez, recordándole su "deber legal" de "auxiliar" a la institución en sus investigaciones e inspecciones, además de advertirle de manera "formal" de que "su falta de respuesta podría considerarse como entorpecedora a las funciones de esta institución".

El nonato centro de interpretación del calcolítico o ´centro de interpretación del territorio prehistórico de Valencina de la Concepción´ es un proyecto ideado por el Ayuntamiento de este municipio aljarafeño y la Junta de Andalucía, para crear un espacio relacionado con los activos patrimoniales legados por las culturas de la Edad del Cobre que habitaron los suelos de esta localidad. Y es que Valencina guarda los dólmenes de La Pastora, Matarrubilla y Ontiveros, además de numerosos yacimientos arqueológicos, con parte de su territorio incluido en las 779,16 hectáreas de la cornisa aljarafeña que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha declarado como zona arqueológica.

HIPOTÉTICA ANULACIÓN DEL PROYECTO

Pues bien, en una queja elevada en abril del año en curso a la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz y recogida por Europa Press, los conservacionistas de Valencina de la Concepción recordaban que el 9 de agosto de 2010, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicaba un anuncio en cuanto a la exposición a información pública del expediente de aprobación correspondiente a este proyecto. El 2 de septiembre, a tal efecto, los conservacionistas formularon sus correspondientes alegaciones.

En su queja, el colectivo ´Valencina Habitable´ señalaba que en marzo del año en curso, la por entonces concejal de Cultura y Patrimonio, Teresa Ruiz, había anunciado públicamente que el citado centro de interpretación "no se va a hacer", mientras sus alegaciones no han sido contestadas o elevadas al pleno, un órgano municipal que tampoco habría debatido la supuesta anulación del proyecto.

Publicado por Andrés Trevilla el domingo, noviembre 20, 2011 0 comentarios  

El PSOE busca pareja de baile

Carta al Director. Eduardo Pablo Apellániz Bastero
18/11/2011. El Mundo

Valencina, por su proximidad a Sevilla, es campo de tensiones entre las fuerzas que pujan por beneficiarse de la especulación y una ciudadanía que lucha por modelos de desarrollo equilibrados a partir de los recursos propios. Lleva muchos años necesitada de un PGOU que planifique su desarrollo y gestione un territorio dolménico, a decir de los expertos, rico y complejo. La pérdida de la mayoría absoluta por parte del PSOE, y su gobierno en minoría, auguraba que el futuro PGOU tendría que hacerse creando condiciones para el acuerdo y el consenso. Pero tras los primeros pasos dados, el PSOE en vez de liderar un proceso de fuerte base social, implicando a ciudadanía, partidos de la oposición, y científicos y académicos, dedica sus energías a buscar pareja de baile, aliándose con quien sea para sacar adelante el PGOU que ya tiene diseñado. Como IU se lo ha puesto difícil, exigiendo un proceso transparente y participativo, han mirado hacia la derecha y en un pleno reciente Mayoría Democrática ya ha votado con el PSOE en sus asuntos urbanísticos. Mucho nos tenemos que no será la última vez. En Valencina hay intereses muy potentes. Por eso se han multiplicado las escisiones dentro de PSOE y PP; y la aparición de pequeños partidos. Mientras sus dirigentes a escala nacional en campaña electoral argumentan que han aprendido la lección de la burbuja inmobiliaria, y que la corrupción es cosa de otros; las prácticas opacas y erráticas de algunos de sus gobernantes locales apuntan en la misma dirección de siempre: la que debilita la confianza de los ciudadanos en sus dirigentes y la que abre las puertas de los territorios a la especulación y el derroche.

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, noviembre 18, 2011 0 comentarios  

Sin previsiones para el tranvía del Aljarafe en 2012

Los proyectos llevan en redacción desde 2007, cuando se adjudicaron por 2,51 millones de euros.
16/11/2011

Un año más, el tranvía del Aljarafe se diluye en los presupuesto de la Junta de Andalucía en las inversiones compartidas con otra serie de proyectos que sí están en marcha, camuflando con ello el abandono continuado al que se ve sometido.

En la Memoria Económica del Proyecto de Presupuesto para 2012, en la sección relativa a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda [+], ni tan siquiera sale reflejado el tranvía. De hecho, es que no aparece nombrada la comarca más que en la continuación de las obras en la Ronda Urbana Sur de Mairena.

El debate se llevó el pasado 3 de noviembre a la Comisión de Obras Públicas y Vivienda del Parlamento de Andalucía [+], donde la Consejera Josefina Cruz Villalón eludió dar más información al respecto. Concretamente, el parlamentario Jaime Raynaud criticaba la omisión de financiación achacándola a la fórmula de colaboración público-privada.

Cabe señalar que este modelo de financiación ya se utilizó el año pasado y el anterior para justificar el impulso al proyecto. En 2009 se sugirió ligar la inversión privada al desarrollo de las áreas de oportunidad del POTAUS [+], aunque hasta la fecha no se ha vuelto a comentar, seguramente debido al parón inmobiliario que ha frenado estas iniciativas.

Por su parte el secretario general del PSOE de Sevilla, José Antonio Viera, intervino para defender los actuales presupuestos [+], citando los problemas de trazado en Tomares y Bormujos como origen del parón de los proyectos. No obstante, afirmaba que “estamos ahora en ese proceso, y si éste concluye, garantizo que en 2011 habrá recursos suficientes para que se liciten las obras”. Pese a ello, por el momento sólo se han iniciado unas obras de pasos soterrados para el tráfico de vehículos en Mairena del Aljarafe, que deberán despejar la superficie para que pueda circular el tranvía por su primer kilómetro de recorrido.

La trayectoria que lleva el tranvía del Aljarafe se está eternizando con el parón de las licitaciones, pese a que los proyectos están ya elaborados o en fase de redacción desde 2007, cuando se adjudicaron por 2,51 millones de euros, según afirmaba el anterior Presidente de la Mancomunidad y alcalde de Coria del Río, José Vicente Franco [+].

Tampoco se conoce por el momento los trazados previstos para la infraestructura. No se han hecho público más que ligeras ideas de por dónde podría ir la línea, como las recopiladas en este blog, a las que habría que añadir otra más de Diario de Sevilla, que tiene como fuente la propia Consejería de Obras Públicas.

Para el tramo Bormujos - Ferrocarril de Huelva, adjudicado a Ayesa por 593.892,00 euros, se ha propuesto según la citada infografía pasar de Bormujos a Castilleja de la Cuesta, después a Castilleja de Guzmán y terminar en Salteras tras recorrer el casco urbano de Valencina de la Concepción. De momento, no son más que conjeturas, al no existir confirmaciones oficiales ni haberse publicado los respectivos proyectos de trazado.

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 16, 2011 2 comentarios  

Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo

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Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo
Boletín Oficial del Estado: 9 de noviembre de 2011, Núm. 270
[html] - [pdf]

La disposición final segunda del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, autorizó al Gobierno para proceder, en el ámbito de sus atribuciones, al desarrollo de la citada Ley.

Varios son los preceptos de la Ley en los que se alude a un posterior desarrollo reglamentario, tanto en relación con aspectos concretos, como en la mención genérica contenida en la citada Disposición final segunda. No obstante, dicho desarrollo, no se presenta con un carácter uniforme de necesidad para todos sus contenidos, dado que la Ley resulta, o bien lo suficientemente explícita en algunos de los mismos para permitir su aplicación directa, o bien en otros, se limita a establecer condiciones básicas de la igualdad en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los correspondientes deberes constitucionales que, como tales, encuentran su mejor acomodo en el propio texto legal.

Desde esta perspectiva, el Reglamento, desarrolla el texto refundido de la Ley de Suelo en lo relativo a «la valoración inmobiliaria», con la intención de dar respuesta al deseo expresado por el legislador estatal, de mejorar el funcionamiento del mercado del suelo, para hacerlo más transparente y eficiente, combatiendo además, en la medida de lo posible, las eventuales prácticas especulativas en la utilización del mismo, prácticas especulativas que, en ocasiones, afectaban directamente a la fijación de valores a efectos expropiatorios. El Tribunal Constitucional atribuyó en su Sentencia 61/1997, la competencia del legislador estatal en materia de valoraciones sólo en aquellos casos que se trataba de otorgar un tratamiento igualitario de todos los ciudadanos ante determinadas relaciones de los mismos con las Administraciones Públicas. Por ello, este desarrollo recoge los métodos y técnicas de valoración a aplicar en los supuestos contemplados en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Suelo, todo ello sin perjuicio de lo que puedan establecer otras legislaciones especiales y sus normas de desarrollo, como pueden ser, especialmente, las de carácter financiero y tributario.

El desarrollo del nuevo régimen de valoraciones establecido por la Ley es pues de indudable trascendencia, no sólo porque no habían sido desarrollados reglamentariamente los criterios de valoración de las legislaciones anteriores, sino también por el hecho de que, por primera vez desde que las Comunidades Autónomas asumieran las competencias exclusivas en materia de urbanismo, el Estado ha procedido a desarrollar reglamentariamente una Ley de Suelo.

La regulación reglamentaria se distribuye en cinco Capítulos y cuatro Anexos:

El Capítulo I contiene, como Disposiciones Generales, el objeto del Reglamento y el necesario complemento de dos aspectos regulados por el texto refundido de la Ley de Suelo, cuya novedad está produciendo en la práctica problemas de interpretación y aplicación. Se trata del suelo en situación de urbanizado, cuyo acotamiento con determinados elementos se entiende necesario, y la evaluación y seguimiento de la sostenibilidad económica de los instrumentos de ordenación, cuyos contenidos más fundamentales se precisan en este Reglamento, con el objeto de asegurar que cumple la función que le otorga la Ley.

Los Capítulos II, III y IV regulan ya, siguiendo las directrices marcadas por el texto refundido de la Ley de Suelo, los conceptos para la realización de las valoraciones y los correspondientes métodos de valoración, que se orientan a la necesidad de estimar cuantitativamente el valor de sustitución del inmueble que sea objeto de tasación, por otro similar en la misma situación, sin consideración alguna de las posibles expectativas no derivadas del esfuerzo inversor de la propiedad. A tal efecto, para valorar inmuebles en situación básica de suelo rural (Capítulo III), al tratarse de un mercado menos concurrente y más opaco que el del suelo en situación de urbanizado, se desarrolla el valor de capitalización de la renta real o potencial de la explotación, en un contexto de búsqueda del valor correspondiente al más alto y mejor uso del suelo rural, nuevamente sin tener en cuenta las expectativas urbanísticas. Ello no excluye la introducción de métodos de valoración del suelo con una amplia gama de actividades económicas ya presentes, o susceptibles de ser desarrolladas en el suelo rural, diferentes del aprovechamiento convencional, propias de una economía moderna y avanzada.

Desde la perspectiva conceptual de la valoración en suelo rural, el desarrollo de los correspondientes artículos de la Ley conducen a la formulación de la valoración de explotaciones, entendidas éstas como unidades de producción, que se corresponden con la parte territorial de la empresa, a la que se llega desde los campos valorativos tradicionales más tecnológicos, incluyendo en suelo rural cualquier actividad económica reglada. Se produce, así, la sustitución teórica de la renta de la tierra, por la renta de la explotación, en consonancia con la agricultura moderna y la Política Agraria Comunitaria y con el fin de resolver la inclusión, cada vez más frecuente, de explotaciones no agrarias en suelo rural. En la misma dirección debe considerarse el desarrollo de las posibilidades de la renta potencial, lo que permite incluir en la valoración la mejora tecnológica y económica para la modernización, así como la totalidad del valor potencial productivo del territorio rural.

Por otro lado, desde la perspectiva metodológica, se propone un tratamiento novedoso en el campo de la valoración, consistente en la propuesta de tipos de capitalización diferentes, para tipos de explotaciones diferentes, y ello, en función del riesgo de cada actividad en suelo rural, lo que constituye el núcleo fundamental de la valoración rural a la que se dedican los artículos 7 a 18 de este Reglamento. En dichos artículos, la variabilidad resultante de las explotaciones de vida útil con horizonte temporal limitado, las correspondientes variaciones cíclicas propias de cada actividad sobre suelo rural de duración ilimitada, la consideración de rentas reales, rentas potenciales y procesos cronológicos de conversión, junto con la necesidad, por mandato constitucional, de eliminar las expectativas urbanísticas, han hecho imprescindible la inclusión de una cierta formulación algebraica procedente del campo de las Matemáticas Financieras cuyo resultado principal es la suma de progresiones geométricas.

En cuanto a la valoración de inmuebles en situación básica de suelo urbanizado (Capítulo IV), tal y como se venía haciendo en legislaciones anteriores, se han utilizado criterios basados en información del mercado, acomodados al cumplimiento de los deberes y al levantamiento de las cargas urbanísticas por parte de sus titulares, si bien, en esta ocasión y con objeto de alcanzar una mayor precisión metodológica, se han pormenorizado los criterios para las distintas situaciones en las que se puede encontrar el suelo.

Para finalizar, el Capítulo V se refiere a las indemnizaciones y gastos de urbanización y desarrolla lo establecido por los artículos 25 y 26 del texto refundido de la Ley de Suelo.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, noviembre 15, 2011 0 comentarios  

Sesión Ordinaria del Pleno para el Día 10 de Noviembre

08/11/2011. Ayuntamiento de Valencina

La Sesión Ordinaria del Pleno, tendrá lugar el próximo jueves día 10 de Noviembre a las 20.45 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.

Orden del Día:

- Lectura y aprobación, si procede de las actas de sesiones anteriores.
- Línea ICO
- Modificación puntual de la Adaptación parcial de las normas subsidiarias municipales de Valencina de la Concepción a la LOUA para determinados ámbitos del suelo urbano no consolidado.
- Conocimiento de resoluciones de la Alcaldía
- Urgencias
- Ruegos y Preguntas.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, noviembre 08, 2011 0 comentarios  

La modificación de la Ley de Ordenación Urbanística agilizará la tramitación de los planes e incentivará al sector inmobiliario

El Consejo aprueba un proyecto normativo que reforzará los principios de participación y transparencia en la elaboración del planeamiento
08/11/2011. Junta de Andalucía

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Los cambios introducidos, en el marco de la adecuación a la nueva legislación estatal de suelo, supondrán una agilización de trámites, un mayor reconocimiento de los derechos de los ciudadanos y un incentivo para el sector inmobiliario, especialmente en sus operaciones en la ciudad construida. Asimismo, se reforzarán los principios de participación pública, transparencia y publicidad en la elaboración del planeamiento urbano.

Una de las principales medidas de agilización se refiere a la cesión de suelo para equipamientos y dotaciones que legalmente deben realizar los promotores a favor de los ayuntamientos. La nueva LOUA permitirá sustituir esta entrega por una cuantía económica equivalente a su valor, cuando el terreno no alcance unas dimensiones mínimas exigibles. En estos supuestos, el municipio deberá crear un depósito específico que se destinará exclusivamente, y en un plazo máximo de tres años, a obtener suelo de mayor entidad para dotaciones compensatorias de calidad. Se evitará así la fragmentación de las áreas dotacionales y su localización en espacios residuales.

El proyecto de Ley también establece fórmulas para atribuir a los ayuntamientos modificaciones urbanísticas que hasta ahora eran competencia de la Administración autonómica, entre ellas las vinculadas a la obtención de estos espacios procedentes de la compensación por pago. De igual modo, el municipio podrá fijar el número de viviendas de cada proyecto dentro de los tramos que establece el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

En las actuaciones urbanísticas destinadas a aumentar el aprovechamiento de suelo o la edificabilidad en espacios ya construidos, la nueva LOUA permitirá a los municipios disminuir las cesiones obligatorias de terrenos desde el 10% hasta el 5% del incremento planteado. En los terrenos de uso residencial, y con el fin de dar respuesta a las necesidades actuales sin alterar el modelo de ciudad, se eleva el número máximo de viviendas permitido en un 20% respecto a la normativa ahora vigente.

En relación con el proceso de elaboración del planeamiento urbanístico, la Junta habilitará un órgano colegiado que actuará como 'ventanilla única' para facilitar a los ayuntamientos la tramitación de los informes sectoriales vinculantes que ahora emiten por separado las diferentes consejerías. Esta medida, que se concretará reglamentariamente, permitirá acortar los plazos de respuesta a los municipios y reforzará la colaboración técnica entre las administraciones autonómica y local en relación con las incidencias que pueden plantearse durante el proceso.

El proyecto de Ley introduce también medidas que permitirán acortar sensiblemente los plazos de tramitación y aprobación de los planes parciales y especiales (instrumentos de desarrollo de los PGOU). De este modo, y con la finalidad de ahorrar procedimientos, el informe preceptivo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda se emitirá al principio del proceso, junto con el resto de informes sectoriales, y no al final.

Participación ciudadana

Por otro lado, la norma reforzará los principios de participación pública, transparencia y publicidad, ya garantizados por la actual LOUA, en todos los trámites relativos al planeamiento urbano. Entre otras novedades, se exigirá a los ayuntamientos la elaboración de un resumen ejecutivo de síntesis para hacer más comprensibles los objetivos y directrices de los PGOU en su fase obligatoria de exposición pública. Las administraciones también deberán incluir en la documentación de estos planes un informe de sostenibilidad económica, con un análisis de los costes que para las haciendas públicas suponen tanto la ejecución como el mantenimiento de servicios y equipamientos.

Asimismo, se ampliará el derecho de consulta de los particulares, con nuevas medidas orientadas a que cualquier persona pueda preguntar a la Administración local o a la autonómica sobre las características urbanísticas de un terreno. Las administraciones estarán obligadas a dar respuesta a estas cuestiones en el plazo de tres meses.

El proyecto de Ley permite también que cualquier particular, y no sólo los propietarios de suelo, pueda llevar a cabo actuaciones de transformación como 'agente urbanizador', una figura ya regulada en la actual LOUA que debe responder ante la Administración y es seleccionada siguiendo los principios de publicidad y concurrencia. En este punto, se introduce una mayor clarificación del papel de cada uno de los agentes que intervienen en la actividad urbanística (propietarios, agentes urbanizadores y empresas constructoras y urbanizadoras).

Finalmente, en materia de vivienda protegida, las directrices de la nueva ley estatal no alteran lo ya dispuesto por la LOUA, ya que se mantiene la obligación de realizar una reserva del 30% de suelo residencial para VPO en cada planeamiento urbano. No obstante, el nuevo documento vincula estas reservas a los planes municipales y autonómicos de vivienda y suelo, ajustándolas por tanto a la demanda previsible en cada municipio.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, noviembre 08, 2011 0 comentarios  

Trámite de audiencia para reparcelación en Estacada Larga (junio 2007)


BOP del día 06-06-2007 / Nº 129 (pág.6407) [pdf]

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Manuel Lora Rodríguez, Instructor del procedimiento urbanístico número 015/06 PAD, tramitado en el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

Hace saber: Que en cumplimiento del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para poner en conocimiento de todo aquel que pueda tener un interés legítimo en el procedimiento, se procede a notificar mediante este anuncio que el Instructor del Procedimiento número 015/06 PAD, don Manuel Lora Rodríguez, en fecha de 26 de enero de 2007, ha procedido a dar trámite de audiencia a las partes interesadas.

Una vez intentadas las notificaciones domiciliarias pertinentes, no se ha conseguido notificar y por tanto, se notifican por vía edictal a los siguientes interesados:

Isidro Montoro Mantilla
José Manuel Bollo Dorado
Ana María Sánchez López
José Ismael Aguilar Rodríguez
María Carmen Hidalgo Ortiz
Manuel Díaz Camacho
Mario David Ramírez Martín
Josefa del Castillo Muñoz
Hacienda San José, S.L.

Visto informe del Arquitecto Municipal de 24 de enero de 2007, que determina:

— Que el terreno Estacada Larga de Valencina de la Concepción ha sido objeto de varias parcelaciones urbanísticas.
— Que este terreno tiene la calificación de suelo no Urbanizable Protegido en grado 4.º «Protección Agrícola».
— Que este proceso de parcelación no cuenta con ningún tipo de licencia urbanística

Visto que según la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artículos 68 y 183.3, estas parcelaciones deberán ser declaradas nulas de pleno derecho y ser objeto de reagrupación mediante reparcelación forzosa.

Se abre trámite de audiencia de diez días en el expediente 015/06 PAD.

Los interesados podrán en plazo de diez días aportar las alegaciones y documentos que estimen convenientes así como consultar los documentos que obran en el expediente y obtener copia de los mismos. Estos documentos son:

— Informe del Arquitecto Municipal de fecha de 24 de enero de 2007.
— Informe del Bufete Moreno Jávega.
— Informe inicial del Arquitecto Municipal
— Denuncia de la Policía Municipal de fecha de 8 de enero de 2006.

Contra este acto no cabe recurso alguno.

Lo que se hace público para general conocimiento y a efectos de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Valencina de la Concepción a 13 de abril de 2007.—El Instructor, Manuel Lora Rodríguez.

Publicado por Andrés Trevilla el lunes, noviembre 07, 2011 0 comentarios  

Trámite de audiencia para reparcelación en Estacada Larga (marzo 2007)


BOP del día 10-03-2007 / Nº 57 (pág.2851) [pdf]

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Manuel Lora Rodríguez, Instructor del Procedimiento Urbanístico número 015/06 Pad tramitado en el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

Hace saber: Que en cumplimiento del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para poner en conocimiento de todo aquel que pueda tener un interés legítimo en el procedimiento, se procede a notificar mediante este anuncio que el Instructor del Procedimiento número 015/06 PAD, don Manuel Lora Rodríguez, en fecha de 26 de enero de 2007, ha procedido a dar trámite de audiencia a las partes interesadas.

Visto informe del Arquitecto Municipal de 24 de enero de 2007 que determina:

— Que el terreno Estacada Larga de Valencina de la Concepción ha sido objeto de varias parcelaciones urbanísticas.
— Que este terreno tiene la calificación de suelo No Urbanizable Protegido en grado 4.º: «Protección Agrícola».
— Que este proceso de parcelación no cuenta con ningún tipo de licencia urbanística.

Visto que según la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artículos 68 y 183.3, estas parcelaciones deberán ser declaradas nulas de pleno derecho y ser objeto de reagrupación mediante reparcelación forzosa.

Se abre trámite de audiencia de diez días en el expediente 015/06 PAD.

Los interesados podrán en plazo de diez días aportar las alegaciones y documentos que estimen convenientes así como consultar los documentos que obran en el expediente y obtener copia de los mismos. Estos documentos son:

— Informe del Arquitecto Municipal de fecha de 24 de enero de 2007
— Informe del Bufete Moreno Jávega
— Informe inicial del Arquitecto Municipal
— Denuncia de la Policía Municipal de fecha de 8 de enero de 2006.

Contra este acto no cabe recurso alguno.

Lo que se hace público para general conocimiento y a efectos de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Valencina a 26 de enero de 2007.—El Instructor, Manuel Lora Rodríguez.

Publicado por Andrés Trevilla el lunes, noviembre 07, 2011 0 comentarios  

El picudo rojo del urbanismo

Sr. director:

Paseando por el Aljarafe, encontramos un paisaje dsolador. Las palmeras enferman y se vienen abajo. Se ha extendido una plaga de un escarabajo. El picudo rojo es pequeño y voraz; cuando acaba con una palmera, vuela a otras próximas. En muchos pueblos, junto a las palmeras enfermas, encontramos cientos de edificios a medio construir con el cartel "se vende", o polideportivos y centros de interpretación abandonados. El modelo en crisis del urbanismo salvaje deja ver ahora que, bajo el lustre de los edificios, había galerías excavadas que provocaban el debilitamiento endémico y el empobrecimiento de nuestros pueblos.

El picudo rojo del urbanismo es una variedad de equipos redactores aliados a políticos entregados a la construcción especulativa que han ido extendiéndose de pueblo en pueblo. En el eje Salteras-Valencina, nos tememos lo peor; después de ver el avance del PGOU de Salteras, con un crecimiento injustificado, propio de los tiempos del pelotazo urbanístico, y con un mismo equipo redactor para ambos pueblos.

La plaga del picudo rojo se introduce en las palmeras por las heridas. Para eliminar el picudo rojo son necesarios políticos honestos, con proyectos globales y equilibrados de territorio, y un tratamiento intensivo de democracia real y control ciudadano, especialmente en tiempos de mayorías absolutas en que la actividad de la plaga es mayor.

Eduardo Pablo Apellániz Bastero. Valencina de la Concepción
04/11/2011. El Mundo

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, noviembre 04, 2011 0 comentarios  

Comunicado de la Agrupación Socialista sobre la participación de Valencina Habitable en las mesas del PGOU

NEGATIVA DE VALENCINA HABITABLE A COLABORAR EN LA MESA DE PARTICIPACIÓN DEL PGOU
01/11/2011. PSOE de Valencina

Es de lamentar la decisión de Valencina Habitable respecto de no reincorporarse a la Mesa Ciudadana sobre el PGOU de Valencina; una decisión que, al parecer, comparten Ateneo de Valencina y Los Dólmenes. Esa decisión ha sido transmitida en un comunicado de Valencina Habitable, que exige para su reincorporación unas “circunstancias adecuadas para una participación ciudadana real y efectiva”. Se trata, al parecer de unas “circunstancias” que esa Asociación conoce, pero que no están definidas ni consensuadas con los demás integrantes de la Mesa Ciudadana.
Todas las personas y todas las asociaciones tienen completa libertad para actuar como decidan. Puede parecer una obviedad, pero conviene resaltarlo para que no sólo consideremos eso como una de las reglas del “juego democrático”, sino para que todas y todos lo interioricemos.

Desde el PSOE de Valencina se respeta la renuncia a participar en el PGOU de Valencina, aunque no se comprende. Ninguna Asociación, ninguna persona debe condicionar su participación en tan importante empresa, sino que el de participación se configura como un “derecho-deber” de todas aquellas personas que se sienten comprometidas con la Ciudadanía en general, entendiendo que, en ese concepto, se han de incluir las asociaciones ciudadanas, sean de la índole que sean, siempre que sean legales y estén compuestas por ciudadanos y ciudadanos, todas y todos con los mismos derechos que quienes no se han unido al movimiento asociativo, o quienes se han unido a otras asociaciones, distintas de aquellas en la que cada una o cada uno nos encontramos.

Todas y todos tenemos un lugar en lo público porque formamos parte de ello. En nuestro sistema son los partidos políticos la fórmula para la participación de la Ciudadanía en la conformación de las instituciones públicas. Sólo los órganos formados por personas electas tienen la legitimidad otorgada por la totalidad de la Ciudadanía. Es el sistema que rige en la mayor parte del Mundo y es el sistema que rige en España. Se puede estar más o menos de acuerdo, o en desacuerdo, con algunos gobernantes, o con algunas políticas de gobierno; pero ello no supone que se le niegue a los gobernantes ninguna clase de legitimidad respecto de su representatividad de la Ciudadanía. Eso sería, simplemente, negar el sistema.

Aunque se emplee por Valencina Habitable el término “declinar” eso no significa más que una negativa a estar en una Mesa Ciudadana en la que se encuentran otras asociaciones más, además de partidos políticos y representantes del gobierno municipal. Ése es el foro de debate. También puede serlo la calle, pero sin excluir ese foro, el de la participación.

El funcionamiento de ese foro dependerá de lo que se acuerde, persiguiéndose el consenso. Ahí se debe actuar de buena fe, sin partidismos ni posiciones preconcebidas, que den cauce a controversias políticas o personales. Por tanto, ninguna asociación, ningún grupo de personas, debe ponerle condiciones previas a esa Mesa y, por tanto, no debe ponerle condiciones previas, ni al gobierno municipal, ni a las fuerzas políticas, ni a las demás asociaciones o ciudadanas y ciudadanos que quieran participar.

El mismo derecho que se tiene a no participar en la Mesa, totalmente respetable, tiene la Mesa y, por tanto, quienes voluntariamente quieran participar, a que la Mesa siga funcionando. Y nadie tiene derecho a cuestionar voluntades, ni del gobierno, ni de un partido político concreto, ni de ninguna asociación. El mismo respeto que desde la Mesa se ha de guardar con quienes no quieran participar en la misma, es exigible a quienes no participan para con la Mesa y sus integrantes.

Las circunstancias adecuadas para la continuación de la Mesa se dan en tanto quienes la integran lo consideren así. Si alguien piensa que algo debe cambiar en la Mesa debe procurarlo desde dentro y no cuestionando a los demás; porque en la Mesa está todo el que voluntariamente quiere estar, con la total libertad de decir qué no le gusta y qué le gusta; pero, con talante democrático: todos iguales y todos con la oportunidad de expresarse y el derecho a que la minoría acate las decisiones de la mayoría. Otra cosa sería querer que se fabricase una Mesa a diseño propio para que los demás se adapten a mi.

No ha existido ningún fracaso de convocatoria de la Mesa de Participación, como afirma Valencina Habitable, o la persona que la represente. Las otras asociaciones a que se refiere, y no se nombra, serán las que también se han marchado de la Mesa; es decir, “Los Dólmenes” y “Ateneo de Valencina”. El resto de asociaciones y fuerzas políticas seguimos formando parte de la Mesa y participando, aceptando lo que se decida por mayoría, sin menospreciar a nadie y esperando que algún día las tres asociaciones que se han marchado vuelvan. Porque dichas asociaciones no teniendo más legitimidad que las demás, o que cualquier ciudadano o ciudadana, manifiestan objetivos de protección del Patrimonio como actividad central; por lo que mayor obligación de participar en lo público, y en un PGOU, tienen.

No olvidamos que, en el ejercicio de su Derecho, Valencina Habitable, Ateneo de Valencina y Los Dólmenes, junto con “Cine Club Imaginario”, que parece ser otra asociación más y otras asociaciones que no se encuentran en Valencina, constituyeron lo que denominaron “Plataforma Ciudadana de Seguimiento del PGOU”, como una alternativa a la Mesa general de la que se habían marchado. Se trata, evidentemente, de un movimiento en contra de la Mesa de Participación, que quiere imponerse a la misma, o imponer condiciones propias.

Valencina Habitable, y otras asociaciones, tienen como motivo para abandonar la Mesa Ciudadana, además de que se instauren las condiciones que entienden imprescindibles, sin que hayan sido elaboradas por todas las demás asociaciones, el hecho de que el Alcalde no haya respondido a unas alegaciones. Es decir, cuestiones ajenas aunque se quieran conectar, a la conformación de la Mesa de Participación.

El PSOE de Valencina anima a todas las asociaciones que están participando en la Mesa de Participación a que sigan realizando ese ejercicio de Ciudadanía. Asimismo respetamos la decisión de los demás, exigiendo respeto por la nuestra, que será seguir participando, mostrando nuestras diferencias, pero sólo para el funcionamiento de la Mesa y sin ánimo de notoriedad.

Rectificar es de sabios y participar una obligación ciudadana. La Mesa no puede ser el lugar para hacer eco de diferencias políticas o de opinión, sino donde se debata y se consensúe sobre una cuestión concreta: el PGOU. Todos somos iguales y no debemos imponernos condiciones previas.

Por resultar muy fácil hacer crítica de las declaraciones que aquí se hacen, no sobra indicar que aunque, efectivamente, el PSOE sustenta el gobierno municipal en la actualidad, por ser la fuerza mayoritaria en el Pleno del Ayuntamiento, se trata de una Agrupación, en Valencina, con criterio y organización propios, tan respetable como los demás partidos políticos y/o asociaciones y ciudadanas y ciudadanos. Cuando el PSOE de Valencina no esté de acuerdo con acciones de gobierno, o con políticas de gobierno, hará expresión de ello, como lo hará de las actuaciones de los demás sujetos que intervienen en Política, sean partidos políticos o no lo sean.