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El registro de viviendas permitirá definir la demanda en VPO

Gracias al registro, el Ayuntamiento, cualquier empresa o promotor que quiera construir en Valencina, estará obligada a ofrecer sus viviendas, en primer lugar, a los inscritos en él.
En Valencina nº12. Enero 2011

Con la puesta en marcha de este registro de demandantes de viviendas, desde el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción se cumple con la normativa aprobada por la Junta de Andalucía, que permitirá a los demandantes de Viviendas de Protección Oficial presentar solicitudes para optar a una vivienda VPO. Aunque se haya realizado la presentación del registro en diciembre, este está aprobado desde mayo de 2.010, cumpliendo con la normativa exigida en la ley de la vivienda de la Junta de Andalucía. Esta normativa fija los mecanismos de selección de los demandantes para la adjudicación de las viviendas protegidas con sujeción de los principios de igualdad, publicidad y concurrencia.

Gracias al registro, el Ayuntamiento, cualquier empresa o promotor que quiera construir en Valencina, estará obligada a ofrecer sus viviendas en primer lugar, a los inscritos en él. Por otro lado, la adjudicación excluye a toda persona que, aun con todos los requisitos materiales exigidos (ingresos, grupo de especial protección, entre otros) no haya realizado la inscripción en el citado registro correspondiente.

La inscripción tiene una validez de dos años, por la que pasado el plazo, Si aún no se ha accedido a la propiedad o al alquiler del inmueble, habrá que renovar la tramitación. Para obtener más información, para comprobar si está inscrito o para inscribirse puede dirigirse al Ayuntamiento de Valencina. Allí será atendido por un técnico municipal, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, febrero 22, 2011 0 comentarios  

El Ayuntamiento de Valencina presenta el Registro municipal de demandantes de viviendas protegidas

El alcalde, Antonio M. Suárez Sánchez, presentó el acto, junto a los técnicos del Consorcio de la Vivienda del Área de Sevilla
03/12/2010. Ayuntamiento de Valencina.

Se cumple así con la normativa aprobada por la Junta de Andalucía sobre el registro de viviendas, que permitirá a los demandantes de Viviendas de Protección Oficial presentar sus solicitudes y que éstas sean baremadas con criterios objetivos que otorgarán una puntuación a los solicitantes.

En el pasado mes de mayo, el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción aprobó la creación de este registro, cumpliendo con la normativa exigida en la ley de la vivienda de la Junta de Andalucía. Esta normativa fija los mecanismos de selección de los demandantes para la adjudicación de las viviendas protegidas con sujeción de los principios de igualdad, publicidad y concurrencia.

Desde ahora, el ayuntamiento, cualquier empresa o promotor que quiera construir en Valencina, estará obligada a ofrecer sus viviendas, en primer lugar, a los inscritos en este registro, aquella persona que no esté inscrita, no podrá optar a la vivienda.

Todo aquel que quiera recibir más información o inscribirse puede dirigirse al Ayuntamiento de Valencina. Allí será atendido por un técnico municipal.

Información | Solicitud

Publicado por Andrés Trevilla el sábado, diciembre 04, 2010 0 comentarios  

Folleto informativo del Registro de demandantes de vivienda protegida de Valencina

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, noviembre 26, 2010 0 comentarios  

Infórmate sobre el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida de Valencina

26/11/2010. Ayuntamiento de Valencina.

Habrá una charla informativa e interactiva el próximo 2 de diciembre a las 19:30 horas en la Casa de la Cultura de Valencina de la Concepción, donde los técnicos del Consorcio de la Vivienda (Convive) resolverán las dudas de los asistentes sobre este tema.

Todo valencinero y valencinera que desee inscribirse en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la Junta de Andalucía ya pueden apuntarse, a través de la oficina virtual puesta a su disposición para tal fin en internet, con la que podrán acceder con o sin certificado digital. Los trámites se cumplimentan en la siguiente dirección electrónica: https://rmdvp.andalucia.es/oficinaVirtual

Los técnicos del Consorcio de la Vivienda resolverán las dudas planteadas por los asistentes en dicha reunión, a sabiendas de que es un tema complejo.Después, el formulario de inscripción se debe entregar en el Ayuntamiento.

Además de los datos personales hay que aportar otros económicos, subrayar si se pertenece a algún grupo de especial atención, el tipo de inmueble al que se opta (propiedad, alquiler o arrendamiento con opción a compra) y una justificación de la necesidad de la vivienda, entre otras cuestiones. Con la creación de este registro, el ayuntamiento contará con una lista de solicitantes de vivienda que facilitara la selección y adjudicación de futuras viviendas protegidas, respetando los principios de igualdad, publicidad y concurrencia. La adjudicación excluye a toda persona que, aun con todos los requisitos materiales (ingresos, grupo de especial protección, entre otros) exigidos, no haya realizado la inscripción en el citado registro correspondiente.La inscripción tiene una validez de dos años, por lo que pasado el plazo, si aún no se ha accedido a la propiedad o al alquiler del inmueble, habrá que renovar la tramitación.El registro fue aprobado por el pleno municipal del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción el 12 mayo del 2010.

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, noviembre 26, 2010 0 comentarios  

Sorteo de vivienda social en Valencina de la Concepción

12/11/2010. Ayuntamiento de Valencina

EPSA, Empresa Pública de Suelo de Andalucía, abre un plazo de solicitudes para aquellas familias que deseen optar la adjudicación de la vivienda pública que quede vacante en la promoción SE- 8094 en Valencina de la Concepción.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

1.- Residir en Valencina con al menos dos años de antigüedad, a la fecha de la presentación de la solicitud.

2.- No poseer ninguno de los miembros de la unidad familiar solicitante vivienda a título de propiedad, o teniendo vivienda concurran a algunas de las siguientes circunstancias:

a.- Deficientes condiciones de habitabilidad.
b.- Superficie inadecuada a la unidad familiar.
c.- Habitar una vivienda sujeta a expediente de expropiación o desahucio judicial.
d.- Habitar una vivienda a título de inquilino.
3.- No haber resultado ninguno de la unidad familiar los adjudicatarios de una Vivienda de Protección Oficial o Promoción Pública durante los 15 años anteriores a esta convocatoria. En caso de renuncia o devolución, deberá aportar la documentación que acredite dichas circunstancias.

4.- Acreditar ingresos familiares anuales no superen 2,5 veces el IPREM , calculado de acuerdo en lo previsto en el art. 4 del Texto Integrado del Decreto 149/2003 de 10 de Junio por el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo.

5.- El número de miembros de la familia se adaptará al tamaño de la Vivienda.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Fotocopia compulsada del DNI de toda la unidad familiar.
Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
Certificado de empadronamiento.
Justificante de los Ingresos Económicos de la Unidad familiar en el periodo 2009.cualquier otra documentación que se proponga ser valorada. (Título de familia numerosa...)

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el 15 al 26 de noviembre de 2.010. Las solicitudes se presentarán en el propio Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

ADJUDICACIÓN

Se realizará un sorteo público en el municipio de Valencina entre las solicitudes admitidas.

Publicado por Andrés Trevilla el sábado, noviembre 13, 2010 0 comentarios  

Viviendas protegidas en C/ García Lorca



El próximo 9 de agosto, se celebrará el sorteo de las viviendas protegidas en C/ García Lorca, adjudicando cada una de las 10 viviendas por construir a alguno de los preseleccionados en las listas publicadas [+]. El sorteo tendrá lugar en el salón de plenos del Ayuntamiento de Valencina, a las 11 horas.

Las 10 viviendas de régimen protegido están promovidas por la empresa municipal Sodeval, y saldrán al mercado con un precio aproximado de 128.000 euros. Cuentan con una superficie útil de entre 87,90 y 90 metros cuadrados, con garaje a parte. El jardín trasero no contabiliza ni en la superficie ni en el precio final.

Todas las viviendas tienen cuatro dormitorios, salón comedor, cocina, aseo en planta baja y cuarto de baño en planta alta. En la zona delantera existe un pequeño patio con porche y en la trasera un jardín de distintas dimensiones según la vivienda de que se trate (ver imagen de conjunto). Además, el garaje se encuentra integrado en la edificación, con una puerta de acceso directo desde la calle.

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, agosto 04, 2010 0 comentarios  

Resultado del sorteo de las viviendas protegidas de la C/ García Lorca

Listados provisionales del sorteo celebrado el jueves 22 de julio. Por el momento es sólo para asignar números de cara al próximo sorteo de las viviendas.

LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS CUPO A MENORES DE 35 AÑOS

LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS CUPO B MAYOR DE 35 AÑOS

LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS CUPO D LIBRE CONCURRENCIA


Sorteo para la adjudicación de 10 viviendas de protección oficial en c/ García Lorca. Valencina de la Concepción. (Sevilla)

Fecha del sorteo: 9 de agosto de 2010 a las 11:00 horas

Lugar: salón de plenos del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

Fecha de publicación de listas de admitidos: 22 de julio de 2010.

Plazo de alegaciones: 10 dias.

Tel. 954-988-344; fax: 954-53-43-39.

Publicado por Andrés Trevilla el jueves, julio 22, 2010 0 comentarios  

Abierto el plazo para la solicitud destinada a la adquisición de 10 viviendas protegidas de régimen general en venta

Ayuntamiento de Valencina. 24/06/2010

Son 10 viviendas unifamiliares adosadas en venta con medidas desde 87,90 m2 útiles hasta 90 m2, con garajes en superficie, situadas en la Calle García Lorca de Valencina.

Desde el pasado lunes está abierto el plazo de de entrega de solicitudes para optar a la compra de una de las 10 viviendas de régimen protegido promovidas por la empresa municipal Sodeval, y que saldrá al mercado bajo un precio aproximado de 128.000 euros.

HAY TRES CUPOS, CUPO A, CUPO B, CUPO C.

Cupo A:


Viviendas para los Menores de 35 años. Corresponden 5 viviendas de 89 m2 y un garaje de 16,38 m2. Régimen general, empadronados en Valencina de la Concepción, con una antigüedad de 2 años desde la fecha de solicitud.

Cupo B:

Viviendas para los Mayores de 35 años. Régimen general, para empadronados en Valencina de la Concepción, con una antigüedad de 2 años desde la fecha de solicitud.

1 Vivienda: 90m2 útiles y 16,38 m2 de garaje

2 viviendas: 89 m2 útiles 16,38 m2 de garaje

Cupo C:

Viviendas para Familias Numerosas.1 Vivienda de 90 m2 y un garaje de 16,38 m2.

Régimen general, para empadronados en Valencina de la Concepción, con FAMILIA NUMEROSA, con una antigüedad de 2 años desde la fecha de solicitud

Cupo D:

Régimen general, solicitantes libre concurrencia:

1vivienda (87,90 m2 útiles y 18,45 m2 útiles garaje)

REQUISITOS ADJUNDICATARIOS:

Las viviendas se destinarán a familias cuyos ingresos corregidos no superen 3,5 veces el IPREM. En familias numerosas o más miembros, o que tengan a carga una persona en situación de dependencia, los ingresos anuales corregidos podrán llegar a 4,5 veces el IPREM.

No tener ninguna vivienda en propiedad

Solvencia justificada

Está previsto que las obras de las viviendas terminen el cuarto trimestre 2011. El plazo de entrega de solicitudes termina el próximo 21 de julio de 2010. Las solicitudes deben entregarse en el ayuntamiento de Valencina, en lunes o miércoles de 10:00 a 14:00. Horario válido también para información.


Solicitud | Metodología del sorteo

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, junio 25, 2010 0 comentarios  

Viviendas Protegidas en C/ Federico García Lorca

El Ayuntamiento, a través de su Sociedad de Desarrollo de Valencina S.L.U. Sodeval va a promover 10 Viviendas de Protección Oficial en C/ García Lorca.
Ayuntamiento de Valencina. 18/06/2010

Se pone en conocimiento de los vecinos que a partir del lunes 21 de junio y hasta el 21 de julio se abre el plazo de información y admisión de solicitudes para dicha promoción de 10 viviendas de protección oficial de regimen general en venta

Horarios
Lunes y miércoles de 10:00 a 14:00 horas

Lugar
Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
Plaza de la Estrella nº 1
Valencina de la Concepción

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, junio 18, 2010 0 comentarios  

Guía metodológica para la elaboración de los Planes Municipales de Vivienda y Suelo

[Descargar] (pdf - 508kb)

La Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, en vigor desde el pasado 20 de marzo, marca un plazo de dos años para que los ayuntamientos andaluces elaboren sus Planes Municipales de Vivienda y Suelo. El documento técnico que se elabore siguiendo las directrices metodológicas de esta Guía ha de tener como finalidades prioritarias definir las políticas locales en materia de vivienda y posibilitar la concertación de estas políticas entre la Junta de Andalucía, a través de los diferentes programas del Plan Concertado de Vivienda y Suelo, y los propios ayuntamientos.

Uno de los objetivos de estos planes es recoger las necesidades de vivienda del municipio, conocidas gracias a los Registros Municipales de Demandantes cuya creación también establece la Ley, y detallar la oferta que se debe impulsar en la localidad para responder a esta demanda.

Los Planes incluirán, por un lado, un análisis pormenorizado de las necesidades de vivienda a corto, medio y largo plazo (dos, cinco y diez años respectivamente); un análisis tanto de la estructura urbana residencial como del parque de viviendas existente y un estudio de la oferta del mercado de vivienda local. Por otro lado, estos documentos deberán evaluar el número de viviendas protegidas que se pueden poner en marcha con los respectivos planes urbanísticos (que han de destinar al menos el 30% de la edificabilidad residencial para vivienda protegida, según la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía) y con los terrenos del patrimonio municipal de suelo.

Incidir en que además de la nueva vivienda, el Plan deberá atender las necesidades de cambio y las de rehabilitación. En relación con estas últimas, el Plan propondrá áreas o zonas urbanas de especial interés del municipio que faciliten el posterior desarrollo de actuaciones en materia de rehabilitación, definiendo estrategias de gestión participada, que propicien la mejora de la ciudad existente.

A partir de estos análisis, los Planes establecerán un programa de actuación que recogerá pormenorizadamente las actuaciones que se pondrán en marcha para cubrir las necesidades de vivienda, su evaluación económica y fuentes de financiación, su programación temporal y los distintos indicadores que permitirán medir el cumplimiento de objetivos a lo largo de su ejecución.

A lo largo de todo el proceso de formulación del Plan será esencial incorporar la participación ciudadana.

La Junta de Andalucía, con el objetivo de prestar una asistencia técnica a los ayuntamientos para la elaboración de sus propios planes, ha puesto a su disposición esta Guía Metodológica para la Elaboración de Planes Municipales de Vivienda y Suelo, documento que pretende facilitar su redacción, proponiendo un modelo que posibilita su adecuación a las diferentes casuísticas municipales.

Publicado por Andrés Trevilla el domingo, mayo 30, 2010 0 comentarios  

La Junta traslada a los ayuntamientos una guía para elaborar los Planes Municipales de Vivienda y Suelo

Europa Press. 29/05/2010

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía ha puesto a disposición de los ayuntamientos andaluces, a través de su página web, la Guía Metodológica para la Elaboración de los Planes Municipales de Vivienda y Suelo, un documento con el que la Junta pretende prestarles asistencia técnica en la redacción de estos instrumentos.

En un comunicado, Obras Públicas y Vivienda señaló que la Ley del Derecho a la Vivienda en Andalucía, en vigor desde el pasado mes de marzo, establece un plazo de dos años para que los consistorios confeccionen estos planes, que tienen como finalidad recoger las necesidades de vivienda del municipio, conocidas gracias a los registros municipales de demandantes de Viviendas de Protección Oficial --VPO--.

Además, con esta guía se pretende detallar la oferta que se debe impulsar en la localidad con el fin de responder a la demanda detectada. Ese ejercicio de concreción permitirá determinar también la disponibilidad del suelo necesario para atender la demanda y la programación de las actuaciones urbanísticas a desarrollar para la consecución de ese objetivo.

Asimismo, la guía propone un modelo de plan capaz de adecuarse a las diferentes casuísticas municipales, de manera que en función de las directrices que recoge, los Planes Municipales de Vivienda y Suelo incluirán, por un lado, un análisis pormenorizado de las necesidades de vivienda a corto, medio y largo plazo --dos, cinco y diez años respectivamente--.

Por otro lado, incluirán también un diagnóstico tanto de la estructura urbana residencial como del parque de viviendas existente y un estudio de la oferta del mercado de vivienda local. Estos documentos deberán evaluar el número de viviendas protegidas que se pueden promover a través del Patrimonio Municipal de Suelo y sobre todo, mediante los respectivos Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), obligados a destinar al 30 por ciento de la edificabilidad residencial para vivienda protegida, según la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

A partir de esa primera fase de análisis, estas herramientas de planificación incluirán un programa de actuación que contendrá información pormenorizada de las iniciativas que se pondrán en marcha para cubrir la demanda de VPO, su evaluación económica y fuentes de financiación, su programación temporal y los distintos indicadores que permitirán medir el cumplimiento de objetivos a lo largo de su ejecución.

Por otra parte, el documento que se elabore siguiendo las directrices metodológicas de esta guía ha de tener como finalidad prioritaria, además de definir las políticas locales en materia de vivienda, posibilitar su concertación con las estrategias puestas en marcha por la Junta de Andalucía, a través de los diferentes programas del Plan Concertado de Vivienda y Suelo.

Por último, la Junta indicó que la uniformidad de criterios que permite el modelo propuesto en la guía favorecerá posteriormente la implementación de la información, datos y estadísticas elaborados por los municipios en el banco de datos de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

Publicado por Andrés Trevilla el sábado, mayo 29, 2010 0 comentarios  

La Ley que regula en Andalucía el derecho a una vivienda digna a precio asequible ya está en vigor

La nueva norma, cuyo cumplimiento podrá exigirse ante los Tribunales, pone límites al nivel de endeudamiento de las familias y tiene incidencia sobre el cien por cien de la población andaluza
Consejería de Vivienda. 19/03/2010

La Ley del Derecho a la Vivienda, aprobada por el Parlamento de Andalucía el pasado 17 de febrero, ya está en vigor, tras su publicación el sábado 20 de marzo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Esta nueva norma articula de forma pionera en España el cumplimiento efectivo del derecho constitucional y estatutario de acceso ciudadano a una vivienda digna y adecuada.

La Ley aleja de la discrecionalidad política la satisfacción del derecho y define con concreción las herramientas con que cuentan la administraciones públicas (Junta y ayuntamientos), así como las circunstancias y los procedimientos por los que los ciudadanos pueden hacerlo efectivo y exigir su cumplimiento incluso ante los Tribunales de Justicia. Son titulares del derecho todas aquellas personas con vecindad administrativa en la comunidad autónoma que carezcan de ingresos económicos para acceder a una vivienda del mercado libre en su localidad. Igualmente, deberán estar inscritas en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida y no ser titulares ni tener derechos de disfrute sobre un inmueble ya existente. El derecho de acceso a una vivienda digna a precio asequible se aplicará en condiciones de igualdad y podrá ejecutarse en régimen propiedad o de alquiler.

La norma promueve el acceso a la vivienda de forma preferente a las familias con ingresos inferiores a los 36.000 euros anuales (5,5 veces el Iprem), que es el umbral económico fijado en el actual Plan Concertado de Vivienda y Suelo para acceder a una VPO. Para evitar su excesivo endeudamiento, el nuevo marco normativo pone límites al esfuerzo que cada familia podrá asumir para acceder a una vivienda, estableciendo que las ayudas públicas tendrán que garantizar que no tengan que destinar más de un tercio de su renta en el caso de la compra o de un cuarto en caso del alquiler. Para las personas en situación o con riesgo de exclusión social que no puedan acceder a una vivienda protegida y cuya necesidad quede acreditada, las Administraciones favorecerán el acceso a un alojamiento transitorio.

Con todo, el texto aprobado es una ley de carácter integral de Derecho a la Vivienda y tiene incidencia sobre el cien por cien de la población andaluza, incluyendo incluso aquellas familias que por el nivel de ingresos elevado queden fuera de los planes públicos. Así, obliga a las administraciones a posibilitar a través del planeamiento urbanístico, la disposición de suelo que permita el acceso en régimen de promoción libre, así como una serie de ayudas y acciones de fomento con incentivos para la salida al mercado de stock desocupado, la oferta de viviendas en alquiler, o ayudas a la rehabilitación.

Registros y Planes Municipales

Como vías efectivas para promover y garantizar el derecho constitucional y estatutario, la Ley obliga a las administraciones a crear registros municipales de demandantes de vivienda protegida y a elaborar planes municipales y autonómicos de vivienda y suelo. Gracias a los registros -principal instrumento de ejecución de la Ley se podrá cuantificar y caracterizar la demanda real, posibilitando con ello un diagnóstico al detalle de las necesidades reales de la población. Los ayuntamientos serán los encargados de poner en funcionamiento y mantener este sistema, aunque para ello contarán con el apoyo económico de la Administración autonómica.

Por su parte, los planes de vivienda determinarán en un horizonte temporal específico el volumen y la tipología del parque de viviendas detectado como necesario para atender a la demanda ciudadana. En el caso autonómico, ya se encuentra en vigor el Plan Concertado 2008-2012, mientras que los consistorios contarán con dos años desde la entrada en vigor de la Ley para elaborar sus instrumentos de planificación de la oferta en función de la demanda aflorada en el registro. Para asegurar el cumplimiento de los objetivos incluidos en estos planes, los ayuntamientos deberán reflejar en su planeamiento urbanístico la reserva de suelo necesario para satisfacer la demanda de VPO.

Una vez aprobado el nuevo texto y transcurrido el horizonte temporal de dos años para la aprobación de los respectivos planes municipales, los andaluces que reúnan los requisitos establecidos podrán exigir ante los Tribunales de Justicia el cumplimiento de estas obligaciones. En ese sentido, la Ley del Derecho a la Vivienda andaluza es pionera en el contexto nacional, puesto que esta garantía no existe en ninguna otra comunidad.

Vivienda digna

Por otro lado, la Ley define el concepto de vivienda digna y adecuada y lo relaciona con niveles objetivos de confortabilidad, sostenibilidad y eficiencia. Además, hace referencia al concepto de vivienda de calidad, no sólo como el recinto físico sino atendiendo también al conjunto de dotaciones y equipamientos que deben estar a disposición del ciudadano. El texto aprobado reconoce la importancia de la rehabilitación, la conservación y el mantenimiento de los parques de viviendas como instrumentos para promover el derecho a la vivienda, por lo que obliga a las administraciones a promover acciones que hagan efectiva la recuperación residencial de los cascos históricos y los barrios.

Observatorio de la Vivienda y otras incorporaciones

Fruto del debate parlamentario, el texto de la Ley se ha enriquecido con distintas incorporaciones como es la creación del Observatorio de la Vivienda de Andalucía, cuyas funciones deberán desarrollarse reglamentariamente. Su objetivo será la planificación, el estudio y el análisis de la realidad social y económica andaluza que caracteriza al sector de la vivienda. Será un órgano participado por organizaciones sociales y empresariales, por colectivos y agentes del sector de la vivienda que manifiesten interés en colaborar en las tareas que se establezcan. De igual forma, se han ampliado los conceptos de sostenibilidad y calidad, asociándolos a aspectos concretos como la reducción del ruido, la gestión adecuada de los residuos generados, el ahorro y uso eficiente del agua y la energía.

Financiación

La Ley establece que la Junta de Andalucía, a través de sus planes de vivienda y suelo y los respectivos presupuestos de la comunidad, fijará los recursos económicos destinados a promover el derecho a la vivienda. En la actualidad, esos fondos están contemplados en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo, así como en el convenio fijado con el Ministerio de Vivienda para la financiación del mismo, que establece una dotación de 1.440 millones. De igual modo, la Administración autonómica será la responsable de garantizar un sistema de ayudas a municipios para la elaboración y revisión de los planes municipales de vivienda, así como para la creación de los registros.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, marzo 23, 2010 0 comentarios  

Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía


Boletín número 54 de 19/03/2010. [pdf]

PRESIDENCIA

Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.


La presente Ley tiene por objeto garantizar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al amparo de lo previsto en el artículo 56.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada, del que son titulares las personas físicas con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía en las condiciones establecidas en la misma. En el marco de las citadas condiciones, la presente Ley regula el conjunto de facultades y deberes que integran este derecho, así como las actuaciones que para hacerlo efectivo corresponden a las Administraciones Públicas andaluzas y a las entidades públicas y privadas que actúan en el ámbito sectorial de la vivienda.

A estos efectos, la Administración de la Junta de Andalucía y las Administraciones locales, dentro de los ámbitos competenciales correspondientes determinados en el Estatuto de Autonomía para Andalucía y demás legislación aplicable, promoverán el acceso a una vivienda digna y adecuada a través de una política de actuaciones en materia de vivienda protegida y suelo y de apoyo a la conservación, mantenimiento, rehabilitación y calidad del parque de viviendas existente.

Publicado por Andrés Trevilla el lunes, marzo 22, 2010 0 comentarios  

En información pública la modificación de la Ordenanza Reguladora del Registro de Demandante de Vivienda Protegida


VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2010, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de la Ordenanza municipal por la que se establecen las Bases de Constitución del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Valencina de la Concepción.

Lo que se hace público por periodo de treinta días, para que por los interesados se puedan presentar reclamaciones y sugerencias al texto. En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Valencina de la Concepción a 5 de marzo de 2010.—El Alcalde Presidente, Antonio M. Sánchez Suárez.

BOP del día 20-03-2010 / Nº 65 (pág.62) [pdf]

Publicado por Andrés Trevilla el sábado, marzo 20, 2010 0 comentarios  

Aprobación definitiva y publicación de la Ordenanza del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Valencina


VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la villa de Valencina de la Concepción.

Hace saber: Que al no haberse presentado reclamaciones, durante el período de exposición, contra el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora por la que se establecen las bases de constitución del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Valencina de la Concepción, queda este elevado a definitivo, siendo el texto de la misma el siguiente:

(se incluye el texto completo de la ordenanza)

BOP del día 05-02-2010 / Nº 29 (pág.60) [pdf]

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, febrero 05, 2010 0 comentarios  

Sale a información pública la Ordenanza reguladora del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida


VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta Villa,

Hace saber: Que, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2009, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora por la que se establecen las Bases de Constitución del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Valencina de la Concepción.

Lo que se hace público, por espacio de treinta días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial« de la provincia, para la presentación de alegaciones, entendiéndose definitivamente adoptado el acuerdo si, durante el citado periodo, no se presenta alegación alguna, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 70 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Valencina de la Concepción a 11 de noviembre de 2009.—El Alcalde, Antonio M. Suárez Sánchez. 8W-15826

BOP del día 25-11-2009 / Nº 273 Suplemento 75 [pdf]

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 25, 2009 0 comentarios  

Valencina contará con un Registro Municipal de demandantes de vivienda


13/11/2009
El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción aprobó inicialmente en el pleno del pasado 29 de octubre, la Ordenanza que regulará el Registro Público de demandantes de vivienda protegida.

La nueva normativa municipal servirá para crear un listado de personas que desean obtener una vivienda con algún tipo de protección, estableciendo las bases para la selección de demandantes así como los procedimientos para la adjudicación de la vivienda.

El Registro estará gestionado por el propio Ayuntamiento, a través de la sociedad pública de desarrollo local SODEVAL, S.L., en cooperación con la Consejería de Vivienda para facilitar la coordinación entre las distintas administraciones implicadas en la obtención de datos de los solicitantes.

La Ordenanza continuará su tramitación con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para abrir el procedimiento de información pública. Tras aprobarse definitivamente, los interesados podrán entregar sus solicitudes en la sede de SODEVAL, donde también se facilitará la información y el modelo normalizado.

El texto íntegro de la Ordenanza puede consultarse en la página web del Ayuntamiento, en los acuerdos adoptados por el pleno [+].

Publicado por Andrés Trevilla el viernes, noviembre 13, 2009 0 comentarios  

Sobre la bajada del precio de la vivienda en España

Luis Andrés Zambrana. Profesor de Economía Aplicada de la Universidad de Sevilla
El Correo. 28/10/2009

El pasado 15 de octubre, aprovechando la publicación de los datos correspondientes al tercer trimestre del índice de precios de la vivienda, la directora General de Arquitectura y Política de Vivienda, Anunciación Romero, haciendo honor a su nombre, anunció con cierto tono de satisfacción, según leí en prensa, el final de la caída de los precios.

Sin entrar en las dotes adivinatorias o predictivas de nuestro ejecutivo, allá cada cual con su creencia sobre la carga de investigación que acompaña cada afirmación salida de una portavocía, aunque en esta ocasión, y sin que el precedente sirva, fueran infalibles, no entiendo muy bien el tono de satisfacción.

Quince días antes, el Fondo Monetario Internacional presentaba en Turquía el informe titulado Perspectivas de la Economía Mundial en el que alertan de los desajustes que aún persisten en los precios de las viviendas de los países avanzados. En concreto señalan a España como uno de los que mayor desajuste presenta, por lo que dicho organismo estima que la bajada de precios deberá ser aún mayor. Esta tesis, a diferencia de la opinión del Ministerio de la Vivienda, se sustenta en su correspondiente modelo teórico acompañado de su base estadística ¡qué menos! (quizás convendría que Anunciación se lo hubiera leído antes de comparecer en rueda de prensa).

No cansaré al lector describiendo el modelo utilizado por el FMI, sólo destacaré una de las cuatro componentes en que se basa: la alta relación entre las variables precio de la vivienda - ingreso. Respecto a esta rúbrica nuestro país encabeza el ránking, es decir, tenemos las viviendas más caras de todos los países avanzados en relación a nuestros ingresos. Intentar que este desequilibrio desaparezca o al menos se reduzca, debería ser una preocupación de los que gestionan desde lo público la cosa de la vivienda, y ya que nadie parece dar con la fórmula para aumentar nuestros ingresos, la única vía que se me ocurre es la reducción de precios.

Y no creo que pueda tacharse precisamente al FMI de ser un organismo más comprometido con las personas que con los intereses de grandes empresas y por tanto amigos de publicar discursos con un marcado carácter social, desde luego a mí no me lo parece, pero entiendo que, como dijo el torero "haya gente pá-tó" Apelo en cambio al sentido común para que juzguen los datos que les expongo a continuación.

Durante la década que va de 1998 a 2008, periodo que ha durado lo que unos han venido llamando burbuja inmobiliaria y otro, de forma más acertada a mi entender, llamó el Tsunami urbanizador español (Ramón Fernández Durán, 2006), la vivienda en España ha multiplicado su precio por 2,57. Como esto es una simple cifra que esconde multitud de realidades en la que se mezclan viviendas de municipios del interior, de la costa y de las Áreas Metropolitanas, aclaro que en la provincia de Sevilla, cuarta Área Metropolitana de España, los precios se multiplicaron por 3,25, es decir, más que triplicados. En esa misma década el índice que se elabora para medir el comportamiento del coste de "la vida", se multiplicó por 1,37. Esa diferencia ha supuesto que la vivienda se convierta en algo inalcanzable para una proporción cada vez mayor de población.

Si entráramos a analizar la subida del precio de la vivienda, nos daríamos cuenta de que ésta no se produjo porque el sueldo de los albañiles o el coste de los materiales o las minutas de los arquitectos se multiplicaran por tres en estos años, ocurrió porque el suelo sobre el que se construye y el producto terminado, es decir, la vivienda, se adentraron en una espiral que generó altísimos rendimientos al capital especulativo. Piensen en la cantidad de pisos que, una vez cerrado su precio, y en plano eran objeto de pases de comprador en comprador hasta la entrega de llaves con un notable incremento en su precio. O en la cantidad de suelos agrícolas objeto de convenios entre ayuntamientos y promotoras a fin de ser calificados como suelos edificables y que derramaban prebendas por doquier. O en todos aquellos que tenían sus viviendas en propiedad y de pronto se sintieron inmensamente ricos ante las expectativas de incremento de precios en el mercado, no era difícil oír conversaciones sobre lo que se había pagado por el piso del vecino anotándose automáticamente en el haber el correspondiente incremento de patrimonio, apunte que ahora cualquiera rebaja.

Aquello parecía no tener techo y nuestra economía se volcó en la construcción hasta llegar a aportar de forma directa el 12% de todo el Producto Interior Bruto, a lo que habríamos de sumar la fuerte dependencia de subsectores como la cerámica, la carpintería, carpintería metálica... Pero el techo llegó y cuando las expectativas de incremento desaparecen la demanda especulativa se retira, unos hicieron caja y a otros les pilló con suelo baldío, edificios en construcción o se quedaron sin dar el pase, lo cierto es que ahora al sector solo le queda la demanda de viviendas para vivir, que es para lo que están concebidas o, al menos, deberían.

La economía española está sumida en una profunda crisis por su alta dependencia de la construcción. El stock de viviendas sin vender ronda el millón y sus compradores ya no saldrán, al menos hasta que no sean capaces de ver suculentas expectativas, de la espiral especulativa. Los actuales demandantes de vivienda han de afrontar la compra de la misma en base a unos ingresos muy distantes, hoy por hoy, de los precios, tal y como nos pone de manifiesto el Instituto Nacional de Estadística, el Fondo Monetario Internacional o cualquier acercamiento al muestrario de carteles 'Se vende', que los hay y muchos. Llegado este punto, o los vendedores bajan el precio o los compradores suben los ingresos. Para lo segundo se nos plantea un panorama complicado, es por ello que no entiendo la satisfacción de Anunciación. Si el anuncio fuese cierto, me temo que al sector le queda un largo tramo de crisis y los ciudadanos, sobre todo los jóvenes, deberán esperar sentados su vivienda.

Publicado por Andrés Trevilla el domingo, noviembre 01, 2009 0 comentarios  

Valencina solicitará la declaración de zona de actuación de infravivienda


29/09/2009
En el Pleno Extraordinario del pasado jueves 22 de septiembre se acordó por unanimidad solicitar a la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio la declaración de zona de actuación de infravivienda conforme al Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 de la Junta de Andalucía.

El denominado Programa de Transformación de la Infravivienda tiene como objetivo mejorar las condiciones de habitabilidad en zonas urbanas con núcleos de infravivienda que se conseguiría, según la normativa, "a través la combinación de obras de rehabilitación, nueva planta, urbanización y trabajo social, de manera que se propicie la integración social y el mantenimiento de la población residente".

Una vez firmado el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y la Delegación de Vivienda, Valencina podrá beneficiarse del citado programa durante el año 2010, complementando de este modo al Programa de Rehabilitación de Vivienda que actualmente está en marcha.

El Ayuntamiento funcionará como entidad colaboradora en la gestión y distribución de las ayudas e incluso podrían colaborar en el pago de las prestaciones económicas, según contempla la legislación vigente.

El solicitante que cumpla los requisitos del Programa recibirá asistencia técnica para la redacción del proyecto y dirección de obras, así como una subvención por un importe equivalente al presupuesto de ejecución material de las obras, hasta un máximo de 30.000 euros por vivienda.

Publicado por Andrés Trevilla el martes, septiembre 29, 2009 0 comentarios  

Espadas destaca el avance que supone la Ley de Vivienda al concretar las obligaciones para las Administraciones

El Parlamento refrenda el texto de la norma aprobado por el Consejo de Gobierno y permite continuar con su tramitación
Consejería de Vivienda. 23/09/2009

El consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Espadas, ha explicado hoy que la nueva Ley del Derecho a la Vivienda será la primera norma a nivel nacional que dé el paso desde el derecho que establece en la Constitución o el Estatuto de Autonomía "obligaciones genéricas para las Administraciones, a la concreción del mismo en obligaciones de resultados objetivos", de manera que se reduce la discrecionalidad política para hacer efectivo este derecho y se favorece la posibilidad de exigirlo, por primera vez en España, ante los tribunales. Durante su comparecencia en el debate a la totalidad de la norma en el Parlamento de Andalucía, Espadas ha resumido que esta nueva Ley "intenta construir sobre pilares sólidos una respuesta definitiva a un problema muy importante para los ciudadanos de Andalucía, la vivienda, en un momento especialmente delicado".

En este sentido, el consejero ha considerado que la nueva Ley, que ha superado su primer trámite parlamentario, "supera holgadamente la comparación con la legislación sobre vivienda aprobada por otras comunidades autonómas", que regulan aspectos normativos, de garantía del consumidor o de régimen jurídico que ya están presentes en otras normas actualmente en vigor en Andalucía, como la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), la Ley de Medidas de la Vivienda Protegida y Suelo, o el propio Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012. Así, Espadas ha mencionado casos como los de las leyes valenciana, canaria o gallega, donde "la concreción de las obligaciones de las administraciones no va más allá del establecimiento de un porcentaje de suelo clasificado con destino a viviendas con algún tipo de protección".

El consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio ha enumerado los principales objetivos que pretende asegurar "este derecho con eficacia vinculante", entre los que destacan el mandato a las administraciones públicas de buscar soluciones adecuadas a las necesidades personales o familiares en materia de vivienda; la posibilidad de exigir ante los tribunales el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley; la obligación de que exista una oferta suficiente de viviendas a precio asequible; asegurar la disponibilidad de suelo para construir estas viviendas; o garantizar los mecanismos para limitar el endeudamiento de las personas y familias a límites razonables.

Al mismo tiempo, la norma que ha iniciado hoy su tramitación parlamentaria avanza en la calidad de lo que se considera una vivienda digna y adecuada; establece una programación de actuaciones con plazos que permite un seguimiento por parte de los ciudadanos de la diligencia de los poderes públicos; asegura que determinados ciudadanos con riesgo de exclusión social reciban una respuesta en régimen de alojamiento transitorio; y fortalece la alianza entre el sector público y la iniciativa privada para la satisfacción del derecho a la vivienda a un precio asequible.

A juicio del consejero, la Ley del Derecho a la Vivienda da respuesta a una demanda social, "la de que nunca más el mercado decida cuándo y dónde se satisface" este derecho, y es fruto de un trabajo "riguroso en términos juridicos, respetuoso con el reparto competencial entre lo local y lo autonómico, ambicioso en términos políticos y solvente en términos económicos".

En esta línea, Espadas ha recordado que el proyecto de Ley presentado en el Parlamento está avalado por un informe "contundente" del Consejo Consultivo en el que se resuelve que la nueva norma supera el test de constitucionalidad y estatutoriedad, respeta la autonomía local, tiene el soporte legal adecuado para establecer la obligación de elaborar los planes municipales de vivienda, y garantiza los principios de cooperación técnica y financiera que hacen posible los objetivos de la norma, en especial para la constitución de los registros de demandantes y la elaboración de los planes municipales.

Publicado por Andrés Trevilla el lunes, septiembre 28, 2009 0 comentarios