Condenado el Ayuntamiento de Valencina a ejecutar unas obras según un acuerdo plenario de 1998
UPyD lamenta que la "pasividad" del Ayuntamiento motive el fallo y critica que el alcalde no haya informado de la sentencia
Europa Press. 08/09/2009
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), gobernado por Antonio Manuel Suárez (PSOE), a ejecutar la instalación de redes de saneamiento y abastecimiento de agua en una calle del polígono industrial Los Girasoles en función de un acuerdo plenario que se remonta a 1998.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, el pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción aprobó en la sesión del 26 de enero de 1998 la instalación de redes de abastecimiento y saneamiento de agua en la calle Gitanilla del polígono industrial Los Girasoles, extremo reclamado por unos particulares precisamente a través de un procedimiento contencioso administrativo que motivó que el juzgado de tal jurisdicción número seis de Sevilla fallase a favor del Consistorio en una sentencia, emitida el 9 de junio de 2008, que consideraba que las obras fueron recepcionadas en noviembre de 2001.
Tras la apelación de la parte demandante, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha revocado el fallo previo y ha condenado al Consistorio ha ejecutar las correspondientes obras.
En su argumentación, el juez recuerda que el acuerdo plenario en cuestión contemplaba el plan de obras de infraestructura sobre mejora de abastecimiento y saneamiento general y el proyecto de infraestructura hidráulica en polígonos industriales, mientras que la recepción de las obras ejecutadas por la empresa Francisco Galán S.L. y esgrimida por el Ayuntamiento en el procedimiento judicial fallado a su favor se refiere sólo a la "segunda fase" de los trabajos en general.
Así, el juez entiende que el Ayuntamiento no ha aclarado "si las obras recogidas en el acuerdo plenario se han ejecutado o no", por lo que resuelve condenarle a realizar tales trabajos.
Dado el caso, el concejal no adscrito y coordinador local de UPyD, Alejandro Baeza, explicó en un comunicado que la sentencia fue emitida por el Alto Tribunal andaluz el 10 de febrero del año en curso, lamentando que el Gobierno municipal socialista "no haya dado conocimiento al pleno" del fallo y no haya informado sobre posibles recursos, un comportamiento "de suma gravedad por cuanto vuelve a incumplir el Reglamento de Funcionamiento y Organización de los Entes Locales, que ordena al alcalde a dar conocimiento de dichas resoluciones judiciales en el Pleno más inmediato".
"La ocultación es aún más grave por cuanto el alcalde decidió no personarse ni nombrar abogado para defender en ese procedimiento los derechos del municipio". Además, "al observarse la total pasividad del Ayuntamiento, que no ha intentado siquiera probar que las obras reclamadas las había realizado", al tribunal no le queda más remedio que condenar al consistorio porque la "actitud absolutamente pasiva del Ayuntamiento debe soportar las consecuencias derivadas de las dudas no despejadas", argumento este último extraído de la sentencia.
"El Ayuntamiento se limitó a remitir el expediente que el órgano judicial le reclamó, acompañado de un informe del Secretario General del Ayuntamiento, en el que afirmaba que las obras reclamadas ya se habían ejecutado, pero sin firma alguna, por lo que el TSJA dice que dicho informe carece de fuerza probatoria alguna al no ir firmado", advirtió el concejal no adscrito.
Según Baeza, "esto es una muestra más del estilo de gobierno predemocrático, que con su mayoría absoluta, preside Antonio Suárez, practicando el ocultismo, dificultando la participación ciudadana y acallando a la oposición mediante un drástico recorte en las preguntas del Pleno, en su legítimo ejercicio de control al gobierno municipal".