Aprobación inicial del Estudio de Detalle en Avenida de los Dólmenes 29
01/04/2013. BOP nº73 (pág.48)
Doña Ana Gómez Velarde, Secretaria General del Ayuntamiento de esta villa.
Certifica,
Que la Junta de Gobierno , en de fecha 4 de diciembre de 2012,se aprobó el siguiente acuerdo, cuyo tenor literal se reproduce:
Acuerdo
«Visto el proyecto de Estudio de Detalle presentado por don Matías Arance Agudo, en representación de Dos M 85, S.L., con fecha 18 de septiembre de 2012 conteniendo el proyecto del Estudio de Detalle redactado por el Arquitecto don Juan Ignacio Santamaría Garrido (pendiente de visado colegial) relativo a la parcela sita en avenida de los Dolmenes 29, y vistos informes técnico y jurídico al respecto sobre su adecuación al objeto y funciones previstas en la legislación urbanística de Andalucía, y que reúne la documentación a que se refiere el artículo 19 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y artículo 66 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio; en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
Se propone:
Primero.— Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle relativo a relativo a la parcela sita en avenida de los Dolmenes 29, redactado por el Arquitecto don Juan Ignacio Santamaría Garrido (pendiente de visado colegial).
Segundo.— Someter el Estudio de Detalle a un período de información pública por un plazo de veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, en uno de los diarios de mayor difusión
provincial, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Durante el período de información pública, podrá examinarse el Estudio de Detalle por cualquier persona y formularse las alegaciones que procedan. A tales efectos, queda a disposición de los interesados el expediente administrativo tramitado para que pueda ser examinado en la Secretaría municipal durante el período de información pública.
Tercero.— Notificar personalmente la presente Resolución a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle.
Cuarto.— Tras el período de información pública y audiencia a los propietarios afectados, no presentándose alegaciones en dicho trámite, ni se realizaran observaciones que propongan modificaciones del instrumento de planeamiento,se procederá a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle por el Pleno de la Corporación,sin necesidad de aprobación provisional.»
Y para que así conste, y surta los efectos oportunos, emito la presente, con la salvedad establecida en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Valencina de la Concepción, a 4 de diciembre de 2012.
En Valencina de la Concepción a 5 de marzo de 2013.— V.B. ElAlcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
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