Autorización para ejecutar una instalación eléctrica en Cerro Barro


BOP del día 28-04-2011 / Nº 96 (pág.4) [pdf]

Delegación Provincial de Sevilla
Instalación eléctrica


Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, por Endesa Distribución Eléctrica, S.L., en solicitud de autorización de la instalación eléctrica, y aprobación del correspondiente proyecto, cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Sección I y II del Capítulo II, del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, este Servicio de Industria, Energía y Minas, propone:

Primero: Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.
Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio número 2.
Emplazamiento: Ctra. Valencina - Santiponce (Paraje «Cerro Barro».
Finalidad de la instalación: Suministro eléctrico en B.T. para fincas rurales.
Presupuesto: 2.175 euros.

Línea Eléctrica:
T.M. afectado: Valencina de la Concepción.

Estación Transformadora:
Tipo: Intemperie.
Potencia: 75 KVA.
Relación de transformación: 15 (20) KV / 400 V.

Referencia: R.A.T.: 111315.
Exp.: 262823.

Segundo: Para la ejecución de la instalación, así como para su posterior puesta en servicio, deberán observarse las siguientes consideraciones:

    1. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.
    2. La presente resolución habilita al titular a la construcción de la instalación proyectada.
    3. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos y permisos de paso necesarios, teniendo sólo validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.
    4. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.
    5. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente autorización de explotación, que será emitida por esta Delegación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132.º del R.D. 1955/2000.
    6. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.
    7. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente resolución.
    8. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.
    9. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.

Vista la presente propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, esta Delegación Provincial.

Resuelve:

Autorizar y aprobar la instalación descrita anteriormente en la propuesta con las condiciones indicadas en el apartado segundo de la misma.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. señor Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administr
ativo Común.

Sevilla a 20 de marzo de 2011.—La Delegada Provincial, María Francisca Amador Prieto.

Publicado por Andrés Trevilla el jueves, abril 28, 2011  

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