El Gobierno andaluz inicia los trámites del anteproyecto de la Ley del Derecho a la Vivienda


La futura norma obligará a crear registros municipales de demandantes para fundamentar en datos reales los planes de las Administraciones
Junta de Andalucía. 04/11/2008

El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy el inicio de los trámites del anteproyecto de la Ley del Derecho a la Vivienda, norma que regulará el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada para todos los andaluces.

El texto, que será remitido a los distintos agentes sociales y económicos para que realicen sus aportaciones, fija tanto las obligaciones de las Administraciones públicas como las circunstancias en que los ciudadanos pueden reclamar su cumplimiento ante los tribunales de Justicia. El documento, configurado por seis títulos y 25 artículos, atiende especialmente al concepto de vivienda de calidad entendiendo ésta no sólo como el recinto físico en el que se vive, sino también el conjunto de dotaciones y equipamientos que deben estar a disposición del ciudadano. Además, establece que las edificaciones residenciales que se construyan en Andalucía deberán incorporar parámetros de sostenibilidad y eficacia.

De acuerdo con los objetivos planteados, las Administraciones públicas estarán obligadas a favorecer el ejercicio del derecho a todas aquellas personas que carezcan de ingresos económicos para acceder a una vivienda del mercado libre en su localidad; tengan vecindad administrativa en algún municipio de la comunidad autónoma; no sean titulares ni tengan derechos de disfrute sobre un inmueble ya existente, y estén inscritas en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, que cada localidad andaluza mayor de 5.000 habitantes deberá elaborar y mantener.

La creación de este registro, una de las principales novedades de la futura ley, permitirá determinar el número de solicitantes de vivienda protegida; conocer de manera exacta cuántos inmuebles y de qué tipologías se necesitan en cada municipio, y pasar así de estimaciones a datos reales de demanda en los que se basarán las distintas políticas e iniciativas de las Administraciones en esta materia.

Como instrumentos efectivos para promover y garantizar el derecho constitucional y estatutario, se establecen los planes municipales y autonómicos de vivienda. En estos documentos, los ciudadanos deberán ver reflejadas las necesidades expuestas en el registro público municipal y, en caso contrario, tendrán la posibilidad de exigir esta obligación ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Los ayuntamientos tendrán un plazo máximo de dos años para la aprobación de los planes municipales, mientras que la Junta de Andalucía deberá adaptar el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 a lo regulado en la Ley.

Una vez que el Parlamento autonómico apruebe el texto definitivo, los andaluces que reúnan los requisitos establecidos podrán demandar a las Administraciones cuando no existan o no estén adecuadamente elaborados los planes, o bien cuando el planeamiento urbanístico no recoja las disposiciones necesarias para la construcción de las viviendas requeridas.

Financiación

La futura ley tendrá completamente garantizada su financiación por cuanto la Junta de Andalucía, a través de sus planes de vivienda, consignará en sus presupuestos las cantidades necesarias para ello, incluyendo la gestión de las ayudas estatales. El actual Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 ya recoge esta disponibilidad presupuestaria con unas inversiones públicas y privadas que superan los 11.000 millones de euros. De igual manera, la Estrategia de Competitividad en Andalucía prevé para el mismo periodo una inversión de 2.559,1 millones de euros por parte de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. De esta cantidad, 2.277,4 millones se destinarán a la política de vivienda.

En el proceso de elaboración del anteproyecto, la Junta solicitó un informe al Consejo Consultivo con el fin de determinar la naturaleza y perfiles exactos que definen el derecho a la vivienda que se recoge en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Este informe, emitido el pasado mes de octubre e incorporado en sus principales directrices al borrador, establece que el Estatuto no garantiza la titularidad de una vivienda, pero sí que las Administraciones quedan obligadas a favorecer el acceso a la misma mediante la política de promoción pública, la adopción de medidas urbanísticas y la concesión de ayudas financieras y fiscales a través de la planificación. Al mismo tiempo, el Consejo Consultivo reconoce el derecho de los ciudadanos a acudir a los tribunales de Justicia para exigir el cumplimiento de esta obligación.

Publicado por Andrés Trevilla el miércoles, noviembre 05, 2008  

1 comentarios:

Jesús García dijo...
5 de noviembre de 2008, 12:45  

Por fin una medida que dignifica por medio de la ley a los demandantes de vivienda en Andalucía. Una buena noticia.

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